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Sala de prensa

Nuevo reglamento de ICT

El pasado mes de octubre entró en vigor el nuevo reglamento ICT que requiere el uso de cableado de interior con clasificación CPR de bajo riesgo de incendios Dca o superior. 

La Regulación de Productos de la Construcción (CPR/â€Construction Products Regulationâ€) inició su actividad a nivel Europeo en junio de 2016, y ha sido de obligatorio cumplimiento en cualquier edificio europeo u obra de ingeniería civil, desde julio de 2017. Posteriormente, el día 3 de octubre de 2019 se publicó en el BOE la Orden ECE 983/2019, que regula las características de reacción al fuego de los cables de telecomunicación en el interior de las edificaciones. Además, se modifican determinados anexos del Reglamento regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicación (ICT) para el acceso a los servicios de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones, aprobado por RD 346/2011, de 11 de marzo, y se modifica la orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla dicho reglamento.

Cuadro de texto: Esto quiere decir que a partir del 4 de octubre de 2020, todos los cables destinados a instalaciones de ICT deben disponer del correspondiente marcado CE con la clasificación de reacción al fuego de, al menos, un nivel Dca –s2,d2,a2

Esto quiere decir que a partir del 4 de octubre de 2020, todos los cables destinados a instalaciones de ICT deben disponer del correspondiente marcado CE con la clasificación de reacción al fuego de, al menos, un nivel Dca –s2,d2,a2
El pasado mes de octubre entró en vigor el nuevo reglamento ICT que requiere el uso de cableado de interior con clasificación CPR de bajo riesgo de incendios Dca o superior.

Pero, ¿qué ocurre con aquellas instalaciones realizadas antes del 4 de octubre de 2020?

En las instalaciones que se estén ejecutando antes de la fecha, se tomará como referencia el “acta de replanteoâ€, que ha de presentarse en el momento del inicio de las obras, de acuerdo al artículo 10 del RD 346/2011.En el apartado 2 del citado artículo 10, se establece que en el acta de replanteo debe figurar una declaración expresa de validez del proyecto original o, si las circunstancias hubieren variado y fuere necesario la actualización de éste, la forma en que se va a acometer dicha actualización, bien como modificación del proyecto, si se trata de un cambio sustancial, o bien como anexo al proyecto original si los cambios fueren de menor entidad. Por lo tanto, es el acta de replanteo el que obliga (si procede) al cambio en el cable si así lo determina el director de obra ICT, que es quien presenta el proyecto técnico.Toda acta de replanteo que se realice antes del 4 de octubre de 2020, permite que la construcción se ejecute con un grado inferior a Dca, lo que no exime de que el cable instalado disponga de un marcado CPR, que puede ser Eca, ya que la exigencia de resistencia al fuego es anterior a la orden ECE 983/2019.

Para dar soporte a este reglamento, Televés dispone de una completa gama de cables coaxiales con CPR adecuados para estos nuevos requisitos, incluído el nuevo SK2020plus 18AtC, con clasificación Euroclase B2ca y blindaje clase A++.

También se puede consultar la guía Televés de requisitos de Euroclase CPR para  instalaciones bajo reglamento ICT en: https://contents.televes.com/es/download/folleto-ict-cpr